BONIFICACIONES EN IVTM
La modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica es efectiva desde el 1 de enero de 2021
Las bonificaciones serán las siguientes:
• Gozarán de una bonificación del 75 por ciento de la cuota íntegra del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica los vehículos con motorización de gasolina cuyo motor esté adaptado para utilizar etanol (mínimo 85 por ciento).
• Gozarán asimismo de una bonificación del 75 por ciento de la cuota íntegra del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica los vehículos con motorización de gasolina adaptados para usar GLP (Gases Licuados del Petróleo).
• Gozarán asimismo de una bonificación del 75 por ciento de la cuota íntegra del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica los vehículos híbridos (que combinan motor eléctrico y de gasolina) y los vehículos que sólo tengan motor eléctrico.
Estas bonificaciones tienen carácter rogado y para su efectividad los interesados deberán presentar la correspondiente solicitud antes del día 31 de enero del ejercicio para el que se solicita, adjuntando la certificación acreditativa correspondiente.”